En qué consiste
En aportar con observaciones y comentarios sobre la propuesta modificatoria a los temas relacionados con firma electrónica que se encuentran en la Disposición General Quinta del Decreto Nro. 149 de 20 de noviembre de 2013, mediante el cual se dispuso “LA IMPLEMENTACIÓN DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL, INSTITUCIONAL Y QUE DEPENDE DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA”, donde se señala:
Los usuarios de INFODIGITAL , así como las autoridades del nivel jerárquico superior deberán utilizar obligatoriamente la firma electrónica, de no hacerlo deberán ser sancionados conforme a la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General. La Administración Pública promoverá el uso de las firmas electrónicas por parte de las personas naturales y jurídicas.
De igual manera, esta disposición será de aplicación obligatoria para los servidores públicos que despachen en promedio cinco documentos diarios o más. El promedio de la documentación por servidor realizará la unidad administrativa de la institución a cargo de la gestión documental considerando el mes inmediato anterior
Los aporte registrado en la plataforma podrán ser valorados por todos para destacar los temas más importantes, Al finalizar el proceso estos serán analizados e integrados en la versión final de la propuesta modificatoria del Decreto Nro 149.
Información adicional
Decreto Nro. 149 de 20 de noviembre de 2013 enlace: https://bit.ly/2MRR1zr
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Comentarios (8)
Se sugiere analizar y rever costos para incentivar el uso masivo
Se debe revisar primeramente los costos de los certificados o ampliar los plazos de vigencia, mejorar el ámbito de la firma y sus compatibilidades, homologar las características y analizar las capacidades operativas de las empresas privadas y públicas que proveen la firma; y desde luego ampliar los beneficios de la firma para que no se vea solo como una obligatoriedad de firmar cualquier documento.
Agradeceré tomar en cuenta que el costo de adquisición y renovación de esta herramienta, es elevado y existen personas que suscriben documentos que no pueden cancelar ese valor, ya que cada dos años el valor aumenta. Se sugeriría bajar el costo o mantenerlo.
En Disposición Transitoria Tercera, según los datos del Libro Blanco de la Sociedad de la Información y del Conocimiento del MINTEL, en el 2018 existen 2'780.000 usuarios registrados en el Quipux, de los cuales 226.000 tienen firma digital. Para atender a 2'500.000 usuarios aproximadamente se debe verificar si las entidades de certificación de información pueden atender esta demanda y en cuánto tiempo. Se recomienda hacer un proceso ordenado por institución.
Considero que el costo de la emisión del certificado de firma electrónica debería ser un costo asumido por la institución en la que se labora.
Es un tiempo adecuado para poder obtener la firma electrónica
Es un tiempo prudencial para gestionar la firma electrónica.
A mi criterio, es un plazo muy amplio para obtener la firma, debería ser no mayor a 10 días por ejemplo.