En qué consiste
En aportar con observaciones y comentarios sobre la propuesta modificatoria a los temas relacionados con firma electrónica que se encuentran en la Disposición General Quinta del Decreto Nro. 149 de 20 de noviembre de 2013, mediante el cual se dispuso “LA IMPLEMENTACIÓN DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL, INSTITUCIONAL Y QUE DEPENDE DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA”, donde se señala:
Los usuarios de INFODIGITAL , así como las autoridades del nivel jerárquico superior deberán utilizar obligatoriamente la firma electrónica, de no hacerlo deberán ser sancionados conforme a la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General. La Administración Pública promoverá el uso de las firmas electrónicas por parte de las personas naturales y jurídicas.
De igual manera, esta disposición será de aplicación obligatoria para los servidores públicos que despachen en promedio cinco documentos diarios o más. El promedio de la documentación por servidor realizará la unidad administrativa de la institución a cargo de la gestión documental considerando el mes inmediato anterior
Los aporte registrado en la plataforma podrán ser valorados por todos para destacar los temas más importantes, Al finalizar el proceso estos serán analizados e integrados en la versión final de la propuesta modificatoria del Decreto Nro 149.
Información adicional
Decreto Nro. 149 de 20 de noviembre de 2013 enlace: https://bit.ly/2MRR1zr
Para comentar este documento debes iniciar sesión o registrarte. Después selecciona el texto que quieres comentar y pulsa en el botón con el lápiz.
Comentarios (22)
Desde mi punto de vista estoy de acuerdo por que es un documento virtual que certifica la vinculación de la firma electrónica con una persona determinada; es la equivalencia de la firma manuscrita ya que tiene la misma validez legal y está amparada en la Ley de Comercio Electrónico. Ademas es de suma importancia para tramites externos e internos entre instituciones públicas o privadas.
Propuesta para disposicion general quinta
Dentro de mi comentario indico que la firma electrónica seria util para todos los servidores; pero no estoy de acuerdo ya que hay servidores que no son de carrera o cualquier otra circustancia no se quedarian mucho tiempo laborando en la Institución y por lo que tengo entendido la suscripción de la firma electrónica tiene un rubro económico es decir ,seria un gasto y si la persona no vuelve a trabajar en el sector público seria un dinero perdido, se tendria que adoptar otras medidas.
Se debería incluir la firma electrónica en el respaldo de información muy sensible con lo cuál se debería establecer en primer orden parámetros de acuerdo al nivel de responsabilidad de cada servidor tomando en cuenta su posterior perjuicio en temas de alto nivel de cada Dirección.
La firma electrónica es un certificado electrónico (archivo digital que contiene un par de claves criptográficas) que es reconocido únicamente por quienes están dentro de una unidad certificadora. En este caso, el certificado electrónico que se recibe, no es reconocido, ni válido a nivel internacional. Si el objetivo es reducir papel, el gobierno debería dotar a todos los empleados públicos de este archivo digital, que es muy fácil de generar y tampoco tiene costo esa generación. Lo que el estado requiere es infraestructura tecnológica para dar este soporte y reconocimiento de la firma electrónica. En este caso el Mintel debería evaluar el costo que implica mantener esta infraestructura tecnológica vs el consumo de papel en todas las instituciones (No he visto publicado ese estudio en ninguna parte). No es necesaria la creación de una ley que obligue su uso, si el estado ya entrega esta herramienta directamente a todos los servidores públicos como herramienta de trabajo.
Existe regulación en otros países para que la firma digital sea interoperable entre países y si hay forma de que se reconozca en otros países. Hay alternativas para que la firma electrónica sea más accequible y nos encontramos trabajando en ello
Estoy de acuerdo con este comentario, adicionalmente se debe tener presente que hay servidores públicos que no generan documentación, en tal caso la inversión de contar con firma electrónica no se justifica, en tal caso la obligatoriedad debería radicar en los niveles jerárquicos superiores y en los servidores de carrera.
Adicionalmente se debe realizar auditorías en las que se verifique el uso de esta herramientas y en caso de su omisión deberían haber sanciones, ya que actualmente hay institucionales públicas que cuentan con la cuenta en el Sistema de Gestión Documental Quipux, pero sin embargo no la usan y al enviarles documentación a sus máximas autoridades, aun con firma electrónica, el documento debe ser remitido de manera física.
Encuentro oportuna la presente propuesta con la finalidad de generar mayor celeridad a los trámites que acompañan las intervenciones de nuestros Directores, ya que de esta manera podremos reducir los tiempos y recursos, brindando agilidad en la entrega de respuestas a las solicitudes ciudadanas.
Estoy de acuerdo en la implementación de la firma electrónica, ya que la misma permitirá asegurar la gestión de cada funcionario público con el sellado en el tiempo.
Una de las principales razones para que los servidores no hagan el trámite para poder utilizar la firma electrónica es el precio, si bien el costo actual, no representa mayor problema para el jerárquico superior, sí lo es para un sp5 e incluso para un sp7, por lo que creo indispensable bajar el costo.
Manifiesto mi conformidad. Todos los servidores públicos elaboran informes técnicos, financieros, económicos, etc. y estos deben contener firmas de responsabilidad. El nivel jerárquico superior oficializa estos documentos y da tramite.
Es imperativo que ademas de la obligación via norma, se haga un proceso de capacitación sobre su uso, asi como se agrantice que el proceso de acceso a la firma electrónica sea el mas expedito posible, dado el numero de servidores públicos.
Para obligar a los funcionarios públicos el uso de firma electrónica, la institución debería pagar por la firma del servidor. Puede provocar plantones de sindicatos si se obliga a asumir el costo a todos los servidores públicos.