DIÁLOGO 2.0

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Propuesta de modificatoria al Decreto 149 para fomentar el uso de firma electrónica

En qué consiste

En aportar con observaciones y comentarios sobre la propuesta modificatoria a los temas relacionados con firma electrónica que se encuentran en la Disposición General Quinta del Decreto Nro. 149 de 20 de noviembre de 2013, mediante el cual se dispuso “LA IMPLEMENTACIÓN DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL, INSTITUCIONAL Y QUE DEPENDE DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA”, donde se señala:

Los usuarios de INFODIGITAL , así como las autoridades del nivel jerárquico superior deberán utilizar obligatoriamente la firma electrónica, de no hacerlo deberán ser sancionados conforme a la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General. La Administración Pública promoverá el uso de las firmas electrónicas por parte de las personas naturales y jurídicas.
De igual manera, esta disposición será de aplicación obligatoria para los servidores públicos que despachen en promedio cinco documentos diarios o más. El promedio de la documentación por servidor realizará la unidad administrativa de la institución a cargo de la gestión documental considerando el mes inmediato anterior

Los aporte registrado en la plataforma podrán ser valorados por todos para destacar los temas más importantes, Al finalizar el proceso estos serán analizados e integrados en la versión final de la propuesta modificatoria del Decreto Nro 149.


Información adicional

Decreto Nro. 149 de 20 de noviembre de 2013 enlace: https://bit.ly/2MRR1zr

Más información y contexto

Comentarios para la versión

actualizada el 18 oct 2019
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Comentarios sobre
"Los servidores públicos, independientemente de su nivel jerárquico, quienes en el ejercicio de sus funciones suscriban documentos, deberán utilizar obligatoriamente la firma electrónica, de no hacerlo deberán ser sancionados conforme a la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General.”.

Comentarios (22)


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  • jdarquea

    Antes de obligar a utilizar firma electrónica a todos los servidores públicos, deberían revisar que todos los sistemas que usan firma electrónica de instituciones públicas utilicen el software firmaec del MINTEL, caso contrario no podrán obtener sus firmas electrónicas en cualquier entidad de certificación.

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  • Patricio Palacios M.

    En el manejo del Sistema de Gestión Documental Quipux se ha evidenciado que no todos los servidores públicos del nivel jerárquico superior hacen uso de la firma electrónica; incluso envían los documentos, los mismos que no llegan electrónicamente. Luego los firman físicamente y de esa misma forma los envían, desvirtuando el fin del citado sistema que es el manejo electrónico de la información. Por esta razón es un imperativo que las comunicaciones, a través de este sistema o de los que se crearen, cumplan con la finalidad para el que fueron desarrollados, esto es cambiar la información de física a digital y con un respaldo electrónico verificable.
    Por estos moitvos, estoy de acuerdo con la propuesta.

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  • Alejandra

    De acuerdo a la propuesta.
    Desde mi punto de vista actualmente la firma electrónica, tiene un procedimiento a seguir, así como también el pago de la misma, si se desea implementar una firma electrónica para todos los funcionarios de las instituciones públicas, deberían tomar en cuenta que los servidores públicos que no pertenecen al nivel jerárquico superior no estarán dispuestos a pagar dicho valor, ya que el momento de desprenderse de la institución donde trabajan, la firma electrónica ya no tendría ningún fin. En este caso deberían visualizar la posibilidad de que la firma electrónica para servidores públicos sea gratuita, aunque, no sería favorable, por el momento crítico que atraviesa el país. Otra opción sería la creación de una firma electrónica sin TOKEN, es decir que se cree un código en el cual se encuentre reflejado la firma de cada servidor público.

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  • Andrea Freire

    Para la reducción de impresiones sería acertada esta propuesta, pero se debería dar todas la facilidades económicas y de papeleos para poder adquirir la firma electrónica.
    Verificar que servidores públicos suscriben documentos, porque las personas que no realizan documentos no sería necesario obtener una firma digital.

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  • Monica

    Todos servidores públicos, independientemente de su nivel jerárquico elaboran informes técnicos, financieros, económicos, etc. y estos deben contener firmas de responsabilidad. El nivel jerárquico superior oficializa estos documentos y da trámite tomando en cuenta que también se debe respaldar la información.

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  • Gisella Ordóñez

    Una vez esté vigente esta propuesta, ¿cuando en el transcurso del ejercicio fiscal ingrese personal nuevo que plazos se otorgará para la utilización de firma electrónica?. Además ¿cómo se procederá en personal de servicios ocasionales que labora durante pocos meses?, ¿es posible se excluya esta obligatoriedad en este caso?

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