En qué consiste
En aportar con observaciones y comentarios sobre la propuesta modificatoria a los temas relacionados con firma electrónica que se encuentran en la Disposición General Quinta del Decreto Nro. 149 de 20 de noviembre de 2013, mediante el cual se dispuso “LA IMPLEMENTACIÓN DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL, INSTITUCIONAL Y QUE DEPENDE DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA”, donde se señala:
Los usuarios de INFODIGITAL , así como las autoridades del nivel jerárquico superior deberán utilizar obligatoriamente la firma electrónica, de no hacerlo deberán ser sancionados conforme a la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General. La Administración Pública promoverá el uso de las firmas electrónicas por parte de las personas naturales y jurídicas.
De igual manera, esta disposición será de aplicación obligatoria para los servidores públicos que despachen en promedio cinco documentos diarios o más. El promedio de la documentación por servidor realizará la unidad administrativa de la institución a cargo de la gestión documental considerando el mes inmediato anterior
Los aporte registrado en la plataforma podrán ser valorados por todos para destacar los temas más importantes, Al finalizar el proceso estos serán analizados e integrados en la versión final de la propuesta modificatoria del Decreto Nro 149.
Información adicional
Decreto Nro. 149 de 20 de noviembre de 2013 enlace: https://bit.ly/2MRR1zr
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Comentarios (14)
Estoy de acuerdo con el sentido de la propuesta, sin embargo no se el alcance juridico que tendría un documento firmado electrónicamente dentro de un proceso judicial por ejemplo, es decir sería considerado como prueba válida un documento firmado electronicamente?.
Estoy de acuerdo con que la utilización de esta herramiento sea obligatoria, ya que tiene muchas ventajas de uso, tales como: eficiencia y agilidad en la entrega de información, sean estos internos o externos, ya que llega directamente al destinatario; se puede firmar varios documentos en el menor tiempo posible; se optimizan los recursos materiales (papel, toner, tinta, etc.) y humanos (mensajero); se reducen los espacios físicos para el archivo, ya que los documentos son almacenados en la memoria de un computador o un dispositivo de salida (pen drive); no se requiere la presencia física de la persona que firma; se puede usar desde cualquier dispositivo con internet; tiene la misma validez que la firma manuscrita; y, existe seguridad jurídica e informática, evitando la suplantación de firma.
Lo óptimo seria que todos los ciudadanos obtengamos firma electrónica, emprendiendo campañas de concientización para la reducción de consumo de papel y la opiortunidad de envio de información reduciento tiempos de respuesta
Todos los servidos publicos deben tener una firma electronica para validez de informes especialmente tecnicos