DIÁLOGO 2.0

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Norma zoosanitaria que establece el reglamento para la conformación, aprobación y el seguimiento de Comités de Ética para la investigación con animales en el Ecuador y bioterios

En qué consiste

Este proceso busca recabar aportes técnicos al procedimiento y requisitos establecidos por la
Agencia para el registro de comités de ética para investigación con animales, así también, los
parámetros técnicos para el establecimiento de bioterios, durante 20 días, proceso que estará
direccionado a entidades de educación superior y centros de investigación o de ser el caso
asociaciones de médicos veterinarios quienes puedan fortalecer este documento desde el ámbito
técnico.

Más información y contexto

Comentarios para la versión

actualizada el 13 abr 2021
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Comentarios sobre
Artículo 9.- La designación de los miembros del Comité de Ética para la Investigación con animales se hará por un periodo de al menos cuatro años desde su aprobación por parte de la Agencia, la permanencia como miembro a dicho comité será voluntaria e indelegable y podrán ser reelegidos a partir de este tiempo por consenso de sus miembros por otro período similar.

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