En qué consiste
La propuesta de normativa tiene como objetivo administrar los expedientes que por las características especiales de los procesos institucionales deban ser conformados a través de documentos físicos y electrónicos, los cuales al contener información y constituirse en acervo documental del Estado, están sujetos al procedimiento archivístico dispuesto en la Regla Técnica Nacional para la Organización y Mantenimiento de los Archivos Públicos.
A través del instrucitvo se busca conformar y administrar expedientes híbridos mediante el uso y aplicación obligatoria en todos los organismos, entidades e instituciones del sector público y privado en los que el Estado tenga participación y tenga como responsabilidad o corresponsabilidad la organización documental y archivos, en el ejercicio de las competencias que establezca la ley, reglamentos y demás normativa vigente.
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Comentarios (1)
Con el fin de que esta sección sea totalmente entendible se recomienda incluir un apartado de CONFORMACIÓN en el numeral 5.2., mediante el cual se realice la explicación de como se forma un expediente híbrido considerando que en su etapa de conformación al inicio y desarrollo de un proceso los soportes documentales estarán plenamente diferenciados entre físico y electrónico hasta el cierre de dicho proceso donde nacerá el expediente híbrido.
La conformación o integración de un expediente híbrido se da cuando la documentación en soporte digital o electrónica es colocado en un objeto contenedor electrónico y este a su vez es colocado dentro del expediente físico, al cierre de un proceso.