DIÁLOGO 2.0

Volver

Consulta pública de la Propuesta de la Política de Participación Ciudadana Digital

En qué consiste

El objetivo de este proceso participativo es recopilar observaciones y aportes de diferentes actores de la sociedad, con la finalidad de mejorar la Propuesta sobre la Política de Participación Ciudadana Digital.

En la sección comentarios, se encuentra el contenido de la propuesta, donde se puede incluir comentarios y calificar en línea sobre secciones del documento, para lo cual se requiere previamente registrarse en la plataforma.

Los aportes realizados a través de este proceso participativo serán analizados e incluidos (de ser el caso), en la versión final de la Política de Participación Ciudadana Digital.


Información adicional

Segundo Plan de Acción de Gobierno Abierto contiene el compromiso E-participa | Fortalecimiento de la Participación Ciudadana Digital, siendo responsable el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, través de la Subsecretaría de Gobierno Electrónico y Registro Civil, y como contraparte de la sociedad civil se encuentra la Fundación Datalat. (se adjunta ficha del compromiso)

Después de los talleres de cocreación realizados de manera presencial y virtual que se detallan a continuación se presenta el documento propuesto de la Política de Participación Ciudadana Digital donde se han recopilado las observaciones recogidas en los mismos.

El 04 de mayo del 2023 se llevó a cabo el Taller: Co-creación de la Política de Participación Ciudadana Digital como parte del Segundo Plan de Acción de Gobierno Abierto 2022-2024, dirigido a instituciones de la Administración Pública Central, sector privado y representantes de la sociedad civil.

El 07 de junio del 2023 se llevó a cabo el Taller Virtual: Co-creación de la Política de Participación Ciudadana Digital como parte del Segundo Plan de Acción de Gobierno Abierto 2022-2024, dirigido a la sociedad civil, en coordinación con Datalat.org y el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

El 13 de junio del 2023 el Taller Virtual: Co-creación de la Política de Participación Ciudadana Digital como parte del Segundo Plan de Acción de Gobierno Abierto 2022-2024, dirigido a entidades que forman parte de la Asociación de Municipalidades del Ecuador.

Más información y contexto

Comentarios para la versión

actualizada el 04 ago 2023
  ¿Cómo puedo comentar este documento?
Comentarios sobre Ver en contexto
h.Responsabilidad.-
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
e. Solicitar la aprobación de la realización los procesos de participación ciudadana digital al Responsable de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
g. Informar los resultados del proceso participativo digital al responsable de participación ciudadana digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
d.Informar los resultados del proceso participativo digital al Responsable de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
El presente Acuerdo Ministerialentrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Coordinar y dar seguimiento los procesos de participación ciudadana digital que se desarrollen en su entidad.
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
DE LOS NIVELES DE PARTICIPACIÓN DIGITAL
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 15.- Del responsable del área de comunicación social o su delegado.-** Le corresponde las siguientes atribuciones:
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 16.- De la sociedad civil, academia u otros actores que requieran de procesos de participación ciudadanas digitales. En caso de requerir realizar un proceso participativo a través de la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital, deberán:
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Las instituciones del sector público deberán garantizar la seguridad en el manejo de la información de los procesos de participación ciudadana digital, así como y el tratamiento de los datos personales de conformidad con el marco jurídico vigente.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 5.- De los niveles de participación digital.- Se definen los siguientes niveles de participación ciudadana digital:
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Los usuarios de la de la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital deberán administrar los procesos de participativos de acuerdo al perfil asignado.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Garantizar la disponibilidadde los medios y tecnologías digitales e infraestructura informática de su institución para efectuar los procesos de participación ciudadana digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Los usuarios de la de la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital deberán administrar los procesos de participativos de acuerdo al perfil asignado.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
h. Ejercer la representación oficial ante organismos y entidades nacionales e internacionales en temas de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
d. Promover el uso y la apropiación de medios y tecnologías digitales para los procesos de participación ciudadana.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
a.Igualdad.-
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
i. Corresponsabilidad.-
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
k. Pluralismo.-
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c.Coordinar y dar seguimiento los procesos de participación ciudadana digital que se desarrollen en su entidad.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
h. Las demás que sean asignadas por la máxima autoridad de la institución y del ente rector.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
n. Gratuidad.- Es lacondición de debe tener todo procedimiento participativo digital, a través de medios y tecnologías digitales, incluyendo la plataforma de participación ciudadana que disponga el ente rector establecido en la presente política.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 1.- Objeto.- Establecer e implementar directrices y lineamientos para promover la participación y el involucramiento ciudadano en temas de interés público,a través de medios y tecnologías digitales, en todos los niveles de participación.
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
f. Las demás que sean asignadas por la máxima autoridad de la institución y del ente rector.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
e. Las demás que sean asignadas por la máxima autoridad de la institución y del ente rector.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
a. Solicitar a través de su representante, el desarrollo del proceso de participación ciudadana digital, al Responsable de Participación Ciudadana Digital de la entidad que ejerza la rectoríade acuerdo a la temática del proceso participativo.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Definir el nivel de participación y los medios y tecnologías digitales que se emplearan en la realización de los procesos de participación ciudadana digital.
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
Art 13.- Del responsable del área requirente. Le corresponde las siguientes atribuciones:
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
f. Respeto a la diferencia.-
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 1.- Objeto.- Establecer e implementar directricesy lineamientos para promover la participación y el involucramiento ciudadano en temas de interés público, a través de medios y tecnologías digitales, en todos los niveles de participación.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
f. Evaluarel cumplimiento de la presente política por parte de las instituciones contenidas en el ámbito de aplicación.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Este nivel consiste en la participación directa de la ciudadanía en los procesos de toma de decisiones de interés público, en los cuales su pronunciamiento será de carácter vinculante.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Los usuarios de la de laPlataforma Nacionalde Participación Ciudadana Digital deberán administrar los procesos de participativos de acuerdo al perfil asignado.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Es la herramienta informática implementada y administrada por el ente rector de transformación digital y gobierno digital puesta a disposición de las entidades públicas y la ciudadanía, para el desarrollo de los diferentes procesos de participación ciudadana digital a nivel consultivo y decisorio, en cada una de sus fases, de forma gratuita y de acuerdo a directrices y lineamientos emitidos por el ente rector. La plataforma deberá tener características de accesibilidad web y seguridad informática.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Aprobar la realización los procesos de participación ciudadana digital a nivel consultivo y decisorio de su entidad y aquellos identificados en función de requerimientos de la sociedad civil, academia u otros actores de la ciudadanía debidamente organizados. La participación digital a nivel informativo, no requiere de aprobación.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 1.- Objeto.- Establecer e implementar directrices y lineamientos para promover la participación y el involucramiento ciudadano en temas de interés público, a través de medios y tecnologías digitales, en todos los niveles de participación.
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
n. Gratuidad.- Es la condición de debe tener todo procedimiento participativo digital, a través de medios y tecnologías digitales, incluyendo la plataforma de participación ciudadana que disponga el ente rector establecido en la presente política.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 20.- Fases del proceso de participación ciudadana digital.**
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
f. Gestionar y ejecutar los procesos de participación ciudadana digital a nivel consultivo y decisorio dentro de la Plataforma Nacional de Participación ciudadana y otros medios y tecnologías digitales.
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Ejecución.- La entidad pública lleva a cabo el proceso de participación ciudadana digital dentro de la plataforma y otros medios seleccionados, esta fase contempla desde la publicación hasta la presentación de resultados. d. Seguimiento.- Las instituciones públicas, y todos los actores involucrados podrán realizar el monitoreo de los procesos participativos digitales a través de la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
e.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Es la herramienta informática implementada y administrada por el ente rector de transformación digital y gobierno digital puesta a disposición de las entidades públicas y la ciudadanía, para el desarrollo de los diferentes procesos de participación ciudadana digital a nivel consultivo y decisorio, en cada una de sus fases, de forma gratuita y de acuerdo a directrices y lineamientos emitidos por el ente rector. La plataforma deberá tener características de accesibilidad web y seguridad informática.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Plurinacionalidad.- Es el respeto y ejercicio de la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, colectivos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afro ecuatoriano y montubio, y demás formas de organización lícita, conforme a sus instituciones y derecho propios;
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c.Asegurar la transferencia de conocimientos y continuidad en la gestión de los procesos participativos digitales, en caso de desvinculación o ausencia del Responsable de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
a. Nivel 1. Participación digital informativa b. Nivel 2. Participación digital consultiva c. Nivel 3. Participación digital decisoria
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
Gobierno Digital.- Es el uso estratégico de tecnologías digitales y datos en la Administración Pública, como parte integral de las estrategias de modernización de los gobiernos para crear valor público.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
a. Establecer los lineamientos y directrices necesarios para llevar a cabo los procesos participativos a través de medios y tecnologías digitales, dentro de las instituciones públicas.
3 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 4.- Términos y definiciones.-
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
TERCERA.- La Dirección de Provisión de Servicios Electrónicos del Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, se encargará de la administración técnica de la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital, así como el desarrollo de nuevos requerimientos funcionales en la plataforma, la habilitación de todos los componentes y funcionalidades que se requieran para la ejecución de presente política.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Fomentar el uso de medios y tecnologías digitales con el fin de desarrollar procesos participativos e incrementar la transparencia gubernamental, mejorar la eficiencia en la gestión pública, el control socialy la innovación en la sociedad.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c.Asegurar la transferencia de conocimientos y continuidad en la gestión de los procesos participativos digitales, en caso de desvinculación o ausencia del Responsable de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
SÉPTIMA.- De la ejecución, monitoreo y seguimiento de la presente política, encárguese a la Subsecretaría de Gobierno Electrónico y Registro Civil.DISPOSICIONES TRANSITORIAS
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
g. Paridad de género.- Es la participación proporcional de las mujeres y los hombres en las instancias, mecanismos e instrumentos definidos en la presente política; así como, en el control social de las instituciones del Estado para lo cual se adoptarán medidas de acción afirmativa que promuevan la participación real y efectiva de las mujeres en este ámbito;
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
En caso de que las instituciones del sector público dispongan de otros medios y tecnologías digitales para procesos de participación de ciudadana, podrán utilizarlos de forma complementaria conforme las lineamientos y directrices que emita el ente rector.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 7.- De la participación digital consultiva.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
g. Notificar el incumplimiento de la presente política a las máximas autoridades de las instituciones para que realicen los correctivos necesarios y/o apliquen las sanciones correspondientes según el régimen disciplinario estipulado en laLey Orgánica de Servicio Público.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
g. Paridad de género.- Es la participación proporcional de las mujeres y los hombres en las instancias, mecanismos e instrumentos definidos en la presente política; así como, en el control social de las instituciones del Estado para lo cual se adoptarán medidas de acción afirmativa que promuevan la participación real y efectiva de las mujeres en este ámbito;
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Aprobar la realización los procesos de participación ciudadana digital a nivel consultivo y decisorio de su entidad y aquellos identificados en función de requerimientos de la sociedad civil, academia u otros actores de la ciudadanía debidamente organizados. La participación digital a nivel informativo, no requiere de aprobación.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Las instituciones del sector público no podrán adquirir o implementar herramientas tecnológicas que tengan las mismas o similares funcionalidades que la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital implementada por el ente rector.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 15.- Del responsabledel área de comunicación social o su delegado.-** Le corresponde las siguientes atribuciones:
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
En caso de que las instituciones del sector público dispongan de otros medios y tecnologías digitales para procesos de participación de ciudadana, podrán utilizarlos de forma complementaria conforme las lineamientos y directrices que emita el ente rector.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
PRIMERA.- En el plazo de quince (15) días a partir de la emisión de la presente política, las entidades deberán notificar al Subsecretario de Gobierno Electrónico y Registro Civil, el nombre y datos de contacto del Responsable de Participación Ciudadana Digital.
3 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
m. Simplicidad.- Es el ejercicio de la participación ciudadana digital a través de procesos simples, agiles y de fácil entendimiento para la ciudadanía en general;
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 4.-Términos y definiciones.-
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
d. Establecer dentro de la página web institucional un enlace a la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Este nivel consiste en proporcionar a través de medios y tecnologías digitales, información de interés público para el acceso de la ciudadanía.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Convocatoria.- Se realiza la convocatoria a la ciudadanía para promover su participación digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Convocatoria.-
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Ejecución.- La entidad pública lleva a cabo el proceso de participación ciudadana digital dentro de la plataforma y otros medios seleccionados, esta fase contempla desde la publicación hasta la presentación de resultados. d. Seguimiento.- Las instituciones públicas, y todoslos actores involucrados podrán realizar el monitoreo de los procesos participativos digitales a través de la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Proceso de Participación Ciudadana Digital.- Secuencia de actividades a través de medios y tecnologías digitales que se realizan con la finalidad de involucrar a los ciudadanos en temas de interés público.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
a. Participaractivamente e involucrarse en todas las fases de los procesos de participación ciudadana digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
e. Implementar, administrar y actualizar la Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Participación Ciudadana Digital o Participación Electrónica.- Es el proceso de involucrar a los ciudadanos a través de medios y tecnologías digitales , en la formulación de políticas públicas, políticas, planes, programas, proyectos, instrumentos de regulación y otros temas de interés público, de manera que estos procesos sean participativos, inclusivos o deliberativos.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Designar a un funcionario del nivel jerárquico superior o nivel directivo, como Responsable de Participación Ciudadana Digital, y notificar al ente rector. Para esta designación se deberá considerar al funcionario responsable del área de participación ciudadana, o del área que por sus atribuciones guarde mayor afinidad a procesos de participación ciudadana.
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Garantizar la disponibilidad de los medios y tecnologías digitales e infraestructura informática de su institución para efectuar los procesos de participación ciudadana digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
h. Responsabilidad.- Es el compromiso ético asumido por las ciudadanas y los ciudadanos de manera individual o colectiva, en la búsqueda del buen vivir;
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Hacer un buen uso de la PlataformaNacional de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
g. Paridad de género.- Es la participaciónproporcional de las mujeres y los hombres en las instancias, mecanismos e instrumentos definidos en la presente política; así como, en el control social de las instituciones del Estado para lo cual se adoptarán medidas de acción afirmativa que promuevan la participación real y efectiva de las mujeres en este ámbito;
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Proceso de Participación Ciudadana Digital.- Secuencia de actividades a través de medios y tecnologías digitales que se realizan con la finalidad de involucrar a los ciudadanos en temas de interés público.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Áreas Requirentes.-Son las áreas institucionales que requieren desarrollar procesos de participación ciudadana digital.
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
Participación Ciudadana Digital o Participación Electrónica.- Es el proceso de involucrar a los ciudadanos a través de medios y tecnologías digitales , en la formulación de políticas públicas, políticas, planes, programas, proyectos, instrumentos de regulación y otros temas de interés público, de manera que estos procesos sean participativos, inclusivos o deliberativos.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
a. Igualdad.- Es el goce de los mismos derechos y oportunidades, individuales o colectivos de las ciudadanas y los ciudadanos, colectivos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afro ecuatoriano y montubio, y demás formas de organización lícita, para participar en la vida pública del país; incluyendo a las ecuatorianas y los ecuatorianos en el exterior;
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Designar a un funcionario del nivel jerárquico superior o nivel directivo, como Responsable de Participación Ciudadana Digital, y notificar al ente rector. Para esta designación se deberá considerar al funcionario responsable del área de participación ciudadana, o del área que por sus atribuciones guarde mayor afinidad a procesos de participación ciudadana.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
c. Brindar el soporte técnico al personalde su institución respecto a los medios y tecnologías digitales necesarias para el desarrollo de los procesos de participación ciudadana digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 1.- Objeto.- Establecer e implementar directrices y lineamientos para promover la participación y el involucramiento ciudadano en temas de interés público, a través de medios y tecnologías digitales, en todos los niveles de participación.
3 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
DISPOSICIONESTRANSITORIAS
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
d. Promover el uso y la apropiación de medios y tecnologías digitales para los procesos de participación ciudadana.
2 comentarios
Comentarios sobre Ver en contexto
Participación Ciudadana Digital o Participación Electrónica.-
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
b. Designar a un funcionario del nivel jerárquico superior o nivel directivo, como Responsable de Participación Ciudadana Digital, y notificar al ente rector. Para esta designación se deberá considerar al funcionario responsable del área de participación ciudadana, o del área que por sus atribuciones guarde mayor afinidad a procesos de participación ciudadana.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Este nivel consiste en la participación directa de la ciudadanía en los procesos de toma de decisiones de interés público, en los cuales su pronunciamiento será de carácter vinculante.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DIGITAL
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
a. Establecer los lineamientos y directrices necesarios para llevar a cabo los procesos participativos a través de medios y tecnologías digitales, dentro de lasinstituciones públicas.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
PRIMERA.- En el plazo de quince (15) días a partir de la emisión de la presente política, las entidades deberán notificar al Subsecretario de Gobierno Electrónico y Registro Civil, el nombre y datos de contacto del Responsable de Participación Ciudadana Digital.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 10.- Del ente rector de Transformación Digital y Gobierno Digital.Le corresponde las siguientes atribuciones:
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 18.- Plataforma Nacional de Participación Ciudadana Digital. Es la herramienta informática implementada y administrada por el ente rector de transformación digital y gobierno digital puesta a disposición de las entidades públicas y la ciudadanía, para el desarrollo de los diferentes procesos de participación ciudadana digital a nivel consultivo y decisorio, en cada una de sus fases, de forma gratuita y de acuerdo a directrices y lineamientos emitidos por el ente rector. La plataforma deberá tener características de accesibilidad web y seguridad informática.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Gobierno Digital.- Es el uso estratégico de tecnologías digitales y datos en la Administración Pública, como parte integral de las estrategias de modernización de los gobiernos para crear valor público.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
PRIMERA.- El ente rector de transformación digital y gobierno digital publicará las guías, directrices, metodologías y/o formatos para la aplicación y cumplimiento de la presente política en el portal de Gobierno Electrónico www.gobiernoelectronico.gob.ec.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 1.- Objeto.- Establecer e implementar directrices y lineamientos para promover la participación y el involucramiento ciudadano entemas de interés público, a través de medios y tecnologías digitales, en todos los niveles de participación.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Es la herramienta informática implementada y administrada por el ente rector de transformación digital y gobierno digital puesta a disposición de las entidades públicas y la ciudadanía, para el desarrollo de los diferentes procesos de participación ciudadana digital a nivel consultivo y decisorio, en cada una de sus fases, de forma gratuita y de acuerdo a directrices y lineamientos emitidos por el ente rector. La plataforma deberá tener características de accesibilidad web y seguridad informática.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
d. Promover el uso y la apropiación de medios y tecnologías digitales para los procesos de participación ciudadana.
1 comentario
Comentarios sobre Ver en contexto
Art. 15.- Del responsable del área de comunicación social o su delegado.-** Le corresponde las siguientes atribuciones: a. Elaborar el material comunicacional y difundir el proceso de participación ciudadana digital en todas sus fases, en coordinación con el responsable institucional y el responsable del área requirente.
1 comentario