DIÁLOGO 2.0

Volver

Consulta Pública - Resolución MAG para gestión de documentos de control previo

El autor de esta iniciativa considera que ya no debe seguir recogiendo apoyos.
Revisa su explicación antes de apoyarla.
Willian Jácome Willian Jácome  •  09/10/2024  •    91 Comentarios

Código de la iniciativa: PROPUESTA-2024-10-210

Lineamientos para la gestión de los documentos de control previo (licencias de importación no automáticas) de productos agropecuarios

Estimados Administrados: Con base en el Decreto Ejecutivo 1204 de 8 de diciembre de 2020, el Ministerio de Agricultura y Ganadería pone a su consideración la propuesta de "Lineamientos para la gestión de los documentos de control previo (licencias de importación no automáticas) de productos agropecuarios".

 

El objetivo de esta resolución es:

Establecer los lineamientos para la revisión y autorización única de control previo, de las solicitudes de importación de productos agropecuarios a cargo del Ministerio de Agricultura y Ganadería, conforme a las Resoluciones emitidas por el Comité de Comercio Exterior (COMEX).

 

Las solicitudes de los documentos de control previo a la importación de productos agropecuarios, se concederán previo al embarque de las mercancías y serán atendidos en orden cronológico, hasta el término máximo de seis (06) días. Tendrán una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de autorización, esta vigencia podrá ampliarse por el mismo tiempo.

 

Invitamos a la ciudadanía revisar y emitir sus opiniones sobre el documento propuesto, así como a apoyar la iniciativa si así es el caso.

 

Iniciativa retirada por el autor:

Se ha culminado con el proceso de consulta pública.

Documentos (1)


Necesitas iniciar sesión o registrarte para comentar.
  • Juan Carlos Villacís

    Apoyamos totalmente a la propuesta, es necesario que el sector productivo continúe con su actividad y no se lo detenga por trámites burocráticos. Gracias a la subsecretaría de comercialización y a los ingenieros encargados de la dirección de comercio pecuario por socializar con nosotros esta iniciativa y por dar oídos al sector que produce proteína animal en el Ecuador

    Sin respuestas
  • adriubilla

    Considero que esta metodología atenta a la producción local, porque provocaría que no se compre a los productores y se sustituya con las importaciones, perjudicando la economía del país con salidas de divisas y, esto permite a los operadores comerciantes que no hacen absorción de grano local poder importar materia prima.

    Sin respuestas
  • Usuario eliminado  •  17/10/2024 17:04:12

    Buenas Tardes Distinguidas autoridades Magap,
    No estoy de acuerdo con los requerimientos de "documentos" adicionales para la revisión y aprobación del DCP de subpartidas de Anexo 1. Entendemos la importancia de contar con lineamientos claros para la gestión de estos procesos. Sin embargo, consideramos que la solicitud de documentación adicional puede dificultar la agilidad necesaria en los trámites de importación, que son vitales para el desarrollo económico.
    Adicionalmente, solicitamos que se contemple un plazo más amplio de 3 días para la subsanación, puede ser similar al tiempo de atención del trámite actual de 6 días. Creemos que esto no solo beneficiaría a los importadores, sino que también contribuiría a un proceso más eficiente .

    Sin respuestas
  • GOLDENGRAIN S.A.

    Goldengrain S.A. expresa que la actualización de la resolución 22 representa un avance significativo en la simplificación del proceso de obtención de licencias de importación. Apreciamos la claridad que los nuevos lineamientos aportan al proceso, lo que nos permite planificar con mayor precisión nuestras actividades comerciales y minimizar riesgos asociados a la incertidumbre.

    Sin respuestas
  • Usuario eliminado  •  16/10/2024 17:38:04

    Felicidades a la Dirección que lleva acabo este trabajo y a tenido la iniciativa de alguna manera seguir mejorando el sistema y poder llevar un mejor control sin embargo quiero acotar algunos puntos para que pueda tomar en consideración dentro del reglamento:
    Art 7.- Vemos que existe un cambio en solicitar la ampliación de la licencia de (90) días calendario adicional. Por ello; es importante y consideramos que; una vez culminada la vigencia de la ampliación de licencias que no fueron ocupadas estas deberán ser habilitadas en el sistema automáticamente para ser consideradas por otros importadores.
    Es importante que sistema cuente con una conexión directa al ECUAPASS para que se detecte automáticamente si la licencia fue utilizada.
    Art 9.- Recomendamos que dentro de las responsabilidades el importador una vez solicitada la licencia estas deben ser usadas en su totalidad, de no ser usada de lo contrario debe ser multado y el siguiente año debe ser sancionado por la entidad.

    Sin respuestas
Esta iniciativa no tiene notificaciones.
No hay hitos definidos