DIÁLOGO 2.0

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Propuesta de Ley de Transformación Digital

En qué consiste

Este espacio virtual tiene por objeto recopilar opiniones y propuestas de diferentes actores de la sociedad, con el objeto de enriquecer contenidos respecto a la Propuesta de Ley de Transformación Digital

En la sección comentarios de este espacio, se encuentra el texto borrador de la Ley. Los ciudadanos pueden comentar y calificar en línea sobre secciones del documento, para lo cual se requiere previamente registrarse en la plataforma.

El producto de este proceso participativo será analizado e incluido (de ser el caso), en la versión final de la Propuesta de Ley de Transformación Digital.


Información adicional

Dentro de la Transformación Digital de los sectores sociales, dadas las circunstancias de la emergencia sanitaria, se ha priorizado los sectores sociales de salud y educación, a través de propuestas de ajustes a artículos a las siguientes leyes:

o Ley de Conectividad y Transformación Digital
o Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud
o Ley de Educación Intercultural
o Ley Orgánica de Educación Superior

Más información y contexto

Comentarios para la versión

actualizada el 21 ago 2020
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Comentarios sobre
1. Establecer que toda comunicación entre órganos de la Administración Pública se practique por medios electrónicos, de manera rápida y eficiente, bajo los principios de interoperabilidad y cooperación.

Comentarios (1)


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  • Maria Polit
    Maria Polit  •  Autor  •  12/08/2020 09:24:26

    Agregaría que toda reunión, sesión o asamblea entre funcionarios de un mismo ente publico o de diferentes entidades publicas, es obligatoria realizarse via teleconferencia cuando se.cumpla al menos una de las siguientes condiciones. 1. Uno de los participantes vive en un canton diferente. 2. La sede del lugar donde se realiza esta en otro canton de donde normalmente laboran. 3. El tiempo de traslado de su lugar de trabajo o vivienda al punto de reunion es mayor a media hora.
    Y agregaria que en caso de no cumplirse, viaticos, subsistencias y cualquier gasto incurrido en el traslado corre por cuenta del funcionario.
    Además toda sesion digital debe ser grabada y
    Y agregaria otro articulo señalando que deberia aplicar al ámbito ejecutivo, legislativo y judicial

    Sin respuestas