En qué consiste
Este espacio virtual tiene por objeto recopilar opiniones y propuestas de diferentes actores de la sociedad, con el objeto de enriquecer contenidos respecto a la Propuesta de Ley de Transformación Digital
En la sección comentarios de este espacio, se encuentra el texto borrador de la Ley. Los ciudadanos pueden comentar y calificar en línea sobre secciones del documento, para lo cual se requiere previamente registrarse en la plataforma.
El producto de este proceso participativo será analizado e incluido (de ser el caso), en la versión final de la Propuesta de Ley de Transformación Digital.
Información adicional
Dentro de la Transformación Digital de los sectores sociales, dadas las circunstancias de la emergencia sanitaria, se ha priorizado los sectores sociales de salud y educación, a través de propuestas de ajustes a artículos a las siguientes leyes:
o Ley de Conectividad y Transformación Digital
o Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud
o Ley de Educación Intercultural
o Ley Orgánica de Educación Superior
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Comentarios (2)
Debería haber una autorización expresa del paciente quien es el dueño de la información para que a esa información tenga acceso el o los profesionales de salud
Los prestadores de servicios de salud deben mantener la responsabilidad de custodia y almacenamiento en sus propios sistemas. La consulta de información por parte de cualquier profesional debe ser aprobada por el paciente. El paciente por derecho, debe tener acceso a su propia información almacenada. La estadística se debe realizar evitando la identificación de los pacientes, al respecto existen estándares como el HIPAA en EEUU que pueden servir de guía.