DIÁLOGO 2.0

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Propuesta de Ley de Transformación Digital

En qué consiste

Este espacio virtual tiene por objeto recopilar opiniones y propuestas de diferentes actores de la sociedad, con el objeto de enriquecer contenidos respecto a la Propuesta de Ley de Transformación Digital

En la sección comentarios de este espacio, se encuentra el texto borrador de la Ley. Los ciudadanos pueden comentar y calificar en línea sobre secciones del documento, para lo cual se requiere previamente registrarse en la plataforma.

El producto de este proceso participativo será analizado e incluido (de ser el caso), en la versión final de la Propuesta de Ley de Transformación Digital.


Información adicional

Dentro de la Transformación Digital de los sectores sociales, dadas las circunstancias de la emergencia sanitaria, se ha priorizado los sectores sociales de salud y educación, a través de propuestas de ajustes a artículos a las siguientes leyes:

o Ley de Conectividad y Transformación Digital
o Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud
o Ley de Educación Intercultural
o Ley Orgánica de Educación Superior

Más información y contexto

Comentarios para la versión

actualizada el 21 ago 2020
  ¿Cómo puedo comentar este documento?
Comentarios sobre
21. (incluir nuevo inciso en el segundo párrafo) Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMES), y los actores que formen parte de la economía popular y solidaria (EPS) tendrán derecho a una deducción adicional del 10% en el cálculo de su impuesto a la renta por los gastos incurridos en los siguientes rubros: entrenamiento y capacitación de personal en temas tecnológicos; mejoras de productividad que involucren la adquisición de hardware, software y servicios TI, digitalización de los procesos productivos y procesos de comercialización de bienes o servicios, a través de plataformas de comercio electrónico.

Comentarios (2)


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  • Pame
    Pame  •  Autor  •  14/08/2020 18:12:15

    SENESCYT. Este incentivo promueve que las empresas adapten sus procesos con el uso de tecnologías. Se sugiere validar con los actores de las micro, pequeñas y medianas empresas si es un incentivo que constituye un verdadero beneficio en su gestión, además de validar con el SRI si es sostenible en el tiempo y aplicable de acuerdo a la normativa principal y secundaria que ellos manejan en el ámbito de sus competencias.

    Sin respuestas